Este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la representación judicial de la parte actora, SEGUNDO: SIN LUGAR RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, TERCERO: CON LUGAR EL DAÑO MORAL cuyos parámetros son establecidos en la parte motiva de este fallo. CUARTO: SE MODIFICA el fallo recurrido, QUINTO: Se condena en costas a la parte demandada.