Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR apelación interpuesto por la abogado JANETH COLINA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra el auto dictado por el Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en fecha 17 de Noviembre de 2006, con motivo a la acción intentada por el ciudadano LEOMAR ROMERO contra la empresa PROMOCIONES YUA, C.A., en consecuencia, Segundo: Se ordena al Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, proceda a impartir la homologación correspondiente a la actuación de las partes realizada el día 23 de agosto de 20.....