este Juzgado Superior Tercero (3º) del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: SE REPONE la presente causa al estado que el Tribunal encargado de pronunciarse sobre la admisión de la demanda provea sobre la acción incoada en contra de los ciudadanos José de Sousa Henríquez, José Lisandro Rodríguez, Iván José Rodríguez, Antonio Javier Rodríguez y Humberto Romero Muci, demandados solidariamente en forma personal, revocándose todas las actuaciones a partir del 18 de julio de 2017, inclusive, no requiriéndose la de la empresa accionada, pues está bien notificada y está a derecho, todo en el juicio seguido por el ciudadano Luís Javier Delgado Carmona contra la empresa Automercados Plazas, C.A., y solidariamente en forma personal los ciudadanos José de Sousa Henríquez, José Lisandro Rodríguez, Iván José Rodríguez, Antonio Javier Rodríguez y .....