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"..Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto (4º) Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión de fecha 17 de septiembre de 2018, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: IMPROCEDENTE la adhesión a la apelación presentada por el apoderado judicial de la parte actora. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, en consecuencia, se ordena a pagar los conceptos y cantidades señaladas en el fallo. CUARTO: Se MODIFICA la sentencia de fecha 17 de septiembre de 2018, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de.....