PRIMERO: CON LUGAR, el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por la Sociedad Mercantil NOEMY, C.A., contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N GCVRS-PA014-2016, DE FECHA 30 DE MARZO DE 2016, DICTADA LA DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES –CAPITAL Y VARGAS-, ADSCRITA AL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), que acordó imponer a la precitada empresa, la multa de UN MILLÓN CIENTO SESENTA Y OCHO MIL, DOSCIENTOS BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (BF BS. 1.168.200,00), por incurrir en la Infracción contemplada en el artículo 120 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. SEGUNDO: Se ANULA la Providencia Administrativa N° GCVRS-PA014-2016, de fecha 30 de marzo de 2016. TERCERO: No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza de la presente decisión.