Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la RECUSACIÓN interpuesta en fecha el 23 de enero de 2017, por abogado LUIS MELENDEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en contra de la abogada LILIA NOHEMI ZORIANO TREJO, Juez Cuarto (4º) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos sigue la ciudadana AIXA CREAZZOLA ALFONZO contra EL CENTRO ESCOLAR AULA NUEVA II, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. TERCERO: SE IMPONE a el abogado recusante LUIS MELENDEZ, venezolano, may.....