DECISION
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: SE HOMOLOGA, solo en lo que respecta de la transacción presentada tanto por la parte actora, los ciudadanos JUNNIOR NATALIO VILLAMIZAR, LUIS MANUEL GARCÍA TORRES y JUAN RAMÓN LUNA CIFUENTES, como la representación judicial de la parte demandada sociedad mercantil INVERSIONES OMIGROUP C.A., en fecha 05 de mayo de 2015.
Igualmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el lapso para recurrir de la presente decisión será dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al de hoy.-
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE.
Dada, firmada y sellada, en la sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de .....