Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA COSA JUZGADA ALEGADA POR LA PARTE DEMANDADA. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por ACCIDENTE DE TRABAJO Y DAÑO MORAL interpuesto por la ciudadana ELSA EUNICE BRUZUAL VAN UITER contra la entidad de trabajo ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DE CARACAS. TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente decisión.
Se ordena la publicación de la presente sentencia en l.....