Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados oralmente en este acto, el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Perimida La Instancia en la demanda de Nulidad interpuesta por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA, contra de la Providencia Administrativa No. 938-12 de fecha 30 de noviembre de 2012, contenida en el expediente administrativo signado con el número: 027-2009-01-03703, que declaró Con Lugar el procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos incoado por el ciudadano JOSE ANTONIO ESPINOZA VASQUEZ. SEGUNDO: En apego al principio de igualdad no hay condena en costas. Por ultimo se ordena la Notificación a la Procuraduría General de la República.