Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: se declara la CADUCIDAD DE LA ACCIÓN.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA POR REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS incoada por el ciudadano HERNAN JOSE ALDANA GONZALEZ contra INSTITUTO DE VIVIENDA Y HABITAT DEL ESTADO MIRANDA (INVIHAMI).
TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: Se ordena la notificación de la presente decisión al Procurador del Estado Miranda.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Met.....