En este estado las partes bajo la dirección de la Juez, manifestaron haber llegado a un acuerdo transaccional, en los términos siguientes: Se acuerda como monto total para el pago de la diferencia de Prestaciones Sociales del demandante la cantidad de DIECINUEVE MIL BOLIVARES (Bs. 19.000,00), los cuales recibe en este acto la cantidad de DIECIOCHO MIL BOLIVARES (Bs.18.000,00) a través de un Cheque de Gerencia del Banco Banplus Nº 00-10050677 a nombre del actor y resta una diferencia de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00) que será cancelado el día treinta y uno (31) de julio de 2009 por ante la URDD, dejando constancia de ello a través de diligencia escrita que llevará anexo copia fotostática del cheque con las firmas de las partes, los conceptos que conforman el pago en el presente acuerdo son la antigüedad e intereses sobre las mismas, vacaciones vencidas, bono vacacional, bono vacacional fraccionado, utilidades, utilidades fraccionadas, horas extras e indemnización por despido injustifica.....