CAPITULO VII
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS en la demanda interpuesta por la ciudadana MARISOL ESTHER GÓMEZ GONZÁLEZ contra la entidad de trabajo denominada ESCRITORIO JURÍDICO REVERON y ASOCIADOS y en forma solidaria al ciudadano JOSÉ RUBÉN REVERÓN TRUJILLO ambas partes identificadas en los autos. SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por la ciudadana MARISOL ESTHER GÓMEZ GONZÁLEZ contra la entidad de trabajo denominada ESCRITORIO JURÍDICO REVERON y ASOCIADOS y en forma solidaria al ciudadano JOSÉ RUBÉN REVERÓN TRUJILLO, y se condenan a éstos a pagar a aquella los conceptos especificados en la anterior sentencia en extenso. TERCERO: Se condena en costas a la representación judicial de la parte demandada to.....