Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la presente demanda incoada por PEDRO ANTONIO VIZCAINO ÑÁÑEZ en contra de la empresa AÉREO PANAMERICANO C.A.
SEGUNDO: En virtud de lo contemplado en el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo no se condena en costas a la parte actora.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, el día cinco (05) de Octubre de dos mil seis (2006). Año 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
La Juez Titular,
DRA. GRELOISIDA OJEDA NÚÑEZ.
La Secretaria,
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