IV
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por prestaciones sociales interpuesta JEAN ROBERT PIÑERO CAMARGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.820.583.Contra : BZS CONSTRUCCIONES, identificada en autos SEGUNDO: Se ordena a la demandada a cancelar, prestación de antigüedad, vacaciones y bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas e indemnización prevista en el artículo 92 de L.O.T.T.T. TERCERO: Se ordena el pago de los intereses de mora conforme a lo previsto en el artículo 92 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela los cuales serán calculados por un experto designado por el tribunal encargado de la ejecución.
CUARTO: S.....