En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Tercero de Juicio Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por la ciudadana YOLANDA TERAN contra PROTECCIÓN INTEGRAL FAMILIAR, PROINFA, C.A y H.L. ASESORES DE PREVISIÓN, PREVIHLCA, C.A SEGUNDO: Se ordena a cancelar a la accionante los conceptos indicados en la parte motiva del presente fallo. Asimismo se ordena el pago de los intereses de prestaciones sociales, los intereses de mora y de la corrección monetaria en la forma prevista en la parte motiva del fallo. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.