III
DISPOSITIVA
Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados oralmente en este acto, el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda de Nulidad interpuesta por la entidad de trabajo CERVECERÍA POLAR C.A. contra un auto sin número que corre inserto en el expediente N° 079-2016-01-01406 emanado de Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz", Sede Sur del Distrito Capital, en virtud del cual se ordenó el reenganche y restitución de derechos del ciudadano: Carlos Mero.
SEGUNDO: En apego al principio de igualdad no hay condena en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circun.....