Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Único: La Incompetencia por el territorio de este Juzgado para conocer de la presente Acción de Nulidad conjuntamente con Medida Cautelar de suspensión de efectos interpuesta por el abogado CARLOS ALBERTO CARRIZO GONZALEZ , actuando en su condición de apoderado judicial de la empresa "MARSHALL Y ASOCIADOS C.A, contra la Providencia Administrativa Nº 039-2009-01-01107, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, pues tal competencia corresponde a los Juzgados de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, y en consecuencia, se plantea el Conflicto Negativo de Competencia, por lo que se ordena remitir el expediente a la Sala Plen.....