el ciudadano Juez una vez revisados términos alegados por las partes, y con la finalidad de dar por terminado el presente juicio, y los expedientes antes señalados, así como cualquier eventual juicio, y revisadas como fueren las facultadas para transigir de ambas partes, y la manifestación de voluntad de dar por terminado dichos procesos ante una autoridad judicial, este Tribunal HOMOLOGA EL ACUERDO de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y se le otorga el CARÁCTER DE COSA JUZGADA. En atención a las consideraciones precedentes, este Tribunal deja constancia que se ordenará el cierre informático y archivo del expediente, una vez conste en autos la cancelación realizada por la parte demandada al accionante de todos y cada uno de los compromisos de pago asumidos en este acto. En este estado, ambas partes solicitan al Tribunal la expedición de dos (02) juegos de copias certificada.....