Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda por Cobro de PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por la ciudadana LUZMILA GOMEZ CAMACHO contra INMOBILIARIA PARQUE CENTRAL, C.A. SEGUNDO:.Se le ordena pagar a la demandada las siguientes cantidades: Vacaciones Fraccionadas 49.10 días por la cantidad de Un Millón doscientos diez mil quinientos veintiséis con cero céntimos, (Bs. 1.210.526.00 ), Bono Vacacional Fraccionado Seiscientos Treinta y Nueve Mil Doscientos noventa y uno con veinte céntimos(Bs.639.291.20), Total Prestaciones sociales la cantidad de Doce Millones Cuatrocientos veintitrés mil novecientos cinco con sesenta y cinco céntimos (Bs. 12.423.905.65);en Cuanto a los intereses sobre la prestación de antigüedad previstos en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, se c.....