Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO Se entiende LA EXTINCIÓN DEL PROCESO en la demanda de NULIDAD DE CONTRATO interpuesta por la ciudadana MARÍA KAZANA contra la FUNDACIÓN NACIONAL DE PARQUES, ZOOLÓGICOS Y ACUARIOS (FUNPZA), conforme a lo previsto en el último aparte del Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del fallo. TERCERO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. CUARTO: El lapso para ejercer recursos en contra de esta decisión comenzará a correr una vez vencido el lapso de suspensión de ocho (8) días hábiles otorgado a la Procuraduría General de la República de conformidad con lo .....