En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por el ciudadano LUÍS AYALA contra la sociedad mercantil TALLERES RONAN COMPAÑÍA ANÓNIMA. SEGUNDO: Se exonera de costas a la parte accionante de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.