II
DISPOSITIVO
Por los razonamientos que anteceden, este Tribunal Tercero (3°) de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDA LA ACCIÓN por prestaciones sociales incoado por los ciudadanos SIMON RUIZ VIMA, LUIS ENRIQUE PEÑA ARAQUE y ENDRY JOSE BLANCO, representados judicialmente por la abogada ARMINDA ALVAREZ, contra las empresas SEGURIDAD VISPRENSA C.A. y DIARIO EL UNIVERSAL C.A., partes suficientemente identificadas a los autos. SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS en virtud a la naturaleza del fallo.