PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSE AGUSTIN BERRIS USECHE, titular de la cédula de identidad N° 11.930.441, a través de su apoderada judicial en contra de la empresa RENAWERE DISTRIBUTORS, C.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
TERCERO: Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente decisión.