VII
DISPOSITIVO
En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR la demanda por AJUSTE DE PENSIÓN Y BENEFICIOS SOCIOECONOMICOS incoada por los ciudadanos THAIS ALARCON, MARIA GARCIA Y OTROS contra C.A. METRO DE CARACAS. Segundo: No hay condena en costas.