PRUEBAS DE LA PARTE ACCIONADA
Capitulo I
Documentales
En cuanto a las documentales marcadas con las letras: B, C a la J, K a la V, V a la E, F a la M, XX, insertas del (folio 02 al 134), este Juzgado LA ADMITE por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación o no en la definitiva. Así se establece.
Capitulo II
Testimoniales
En lo que se refiere a la prueba testimonial de las ciudadanas MADELIN SIRA y DORIS ELENA RODRÍGUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº 7.442.280 y 2.766.337 respectivamente; este Juzgado la ADMITE y, en consecuencia, deberán comparecer por ante este Tribunal, a los fines de rendir declaración como testigos, en la Audiencia de Juicio que se fijará por auto separado. Así se establece.