Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar la solicitud nulidad interpuesta por la abogada Carmen Yolanda Rodríguez, actuando en su carácter de apoderada judicial de Ascensores Schindler de Venezuela S.A. En consecuencia, se declara la nulidad absoluta de la Providencia Administrativa N° 00453/10, dictada en fecha 30 de julio de 2010 y auto de fecha 21 de febrero de 2011, por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, en el expediente Nº 027-2010-01-00473. Líbrese oficio una vez quede firme la presente decisión. Segundo: Dada la naturaleza de la presente solicitud no hay condenatoria en costas. Tercero: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República, de conformidad con el .....