Por los razonamientos que anteceden, este Tribunal Quinto (5°) de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Primero: Desistida la acción por cobro de prestaciones sociales y otros beneficios laborales incoada por el ciudadano Jean Carlos Mendoza contra la empresa Bar Restaurant El Salón del Pollo C.A. (Inversiones Nugomen C.A), partes suficientemente identificadas a los autos. Segundo: Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.