Por los razonamientos que anteceden, este Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Primero: Sin lugar la demanda por cobro de horas extraordinarias incoada por los ciudadanos Sotillo Sorange Antonio, Tomas Pérez, Miguel Silva, Hipolito Terán, Dilvio Dávila, Delio Dun, Carlos González, Franklin Esculpi, José Rondón, Rayner Bracamonte, Víctor Guere, Andry Núñez, Fernando Barrios, Alexis Pinto, Francisco Ventura, Stuart Marín, Antonio Blanco y Rafael Velásquez contra la Sociedad Mercantil Productos Efe, S.A., partes suficientemente identificada a los autos. Segundo: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.