Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar la defensa de prescripción opuesta por la parte demandada. Segundo: Parcialmente con lugar la demanda por cobro de diferencias de prestaciones sociales y otros beneficios incoada por el ciudadano José Luís García Mora contra la empresa Vehicle Security Resourses de Venezuela C.A., partes suficientemente identificada a los autos, por lo que se ordena a esta última a cancelar la incidencia (parte variable) de sábados, domingos y feriados del periodo comprendido entre el 3 de mayo de 2004 al 18 de noviembre de 2007, asimismo se le corresponde su incidencia en los conceptos de: (1) prestación de antigüedad e intereses; (2) vacaciones vencidas 2006-2007 y vacaciones fraccionadas 2007-2008; (3) bono vacac.....