DECISION
Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: La Confesión de los Hechos en la demanda por disolución de sindicato interpuesta por la Sociedad mercantil LABORATORIOS VARGAS, S.A., Sociedad de Comercio de este domicilio inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal Y Estado Miranda en fecha 27 de junio de 1955, bajo el Nº 90, Tomo 9-4, cuya ultima reforma consta en Acta de Asamblea General Extraordinaria de accionistas de fecha 20 de febrero de 1955, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 17 de marzo de 1995, bajo el Nº 5, Tomo 96-A-Sgdo., contra el UNIÓN SINDI.....