Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: El desistimiento de la nulidad interpuesta por Mercantil Seguros C.A (antes Seguros Mercantil C.A) contra la Providencia Administrativa Nº 00320-10, dictada en fecha 26 de julio de 2010, por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas (Sala de Fuero Sindical). Segundo: Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy exclusive.