Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar la tercería propuesta por la parte demandada. Segundo: Con lugar solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudadana Jessica Garnica Mejías contra Estética Candy Andrea C.A (LAKSMI), ambas partes suficientemente identificadas a los autos, por lo que se ordena a esta última a reenganchar a dicha demandante a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones en que se encontraba antes de su despido ilegal, es decir al cargo de Estilista y cancelarle los salarios caídos sobre la base del salario básico mensual de Cuatro mil bolívares fuertes sin céntimos (Bsf. 4.000,00), desde la fecha de notificación de la demanda hasta la fecha de su efectiva reincorporac.....