Visto el escrito contentivo de las pruebas promovidas por la parte actora, el cual riela a los folios N° 133 al 167, de la pieza principal, este Tribunal pasa a pronunciarse respecto de las mismas, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 numeral 1 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes términos:
I.-
Instrumentales
Que riela de los folios N° 02 al 238 del cuaderno de recaudos N° 01, y del folio N° 02 al 309, del cuaderno de recaudos N° 2, ambas inclusive del presente expediente, se Admiten quedando a salvo su apreciación o no en la sentencia del definitiva.- Así se decide.-
II.
Pruebas de exhibición
En cuanto a la exhibición señaladas por el actor en el escrito de promoción de pruebas, en cuanto a los puntos 1.1 al 1.13, correspondientes a las exhibiciones de las Convenciones Colectivas de los períodos 1997-1999, 1999-2001, 2001-2003, .....