Amparo Cautelar
El apoderado judicial de la Sociedad Civil "Colegio C.I.A.L" (Centro de Instrucción Actualizada Libertador), también denominada Unidad Educativa Privada Colegio C.I.A.L, a través del amparo cautelar solicita la suspensión de los efectos de la Providencia Administrativa N° 117-10, dictada en fecha 2 de febrero de 2010, por la Inspectoría del Trabajo Sede Norte del Distrito Capital, Municipio Bolivariano Libertador, pues según decir, existe una presunción grave de violación de los derechos a la defensa y al debido proceso, por una invocada prescindencia de la fase probatoria en el proceso administrativo, aunado al hecho que no existe la supuesta inamovilidad laboral invocada por la ciudadana Jesusita Pocaterra Díaz, por cuando había presentado la renuncia antes de dicho pronunciamiento, y además aduce que dicha ciudadana fue denunciada ante la Fiscalía General de la República, y que en caso de ejecutarse, invoca que se causaría un perjuicio irreparable en la definitiv.....