Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de COSA JUZGADA. Asimismo, se hace entrega de los escritos de pruebas consignado en la Audiencia Preliminar. Igualmente, se declara la terminación del presente procedimiento y el archivo del presente expediente, una vez que conste en autos el último de los pagos aquí acordados