Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el reclamo o impugnación interpuesto por la representación Judicial de la parte demandada. SEGUNDO: DECLARA FIRME la Experticia Complementaria del fallo presentada por el Lic. JOSE HERRERA, en fecha 10 de noviembre de 2010, por lo que la demandada PISCINES HOME SPA, C. A., deberá pagar al demandante Ciudadano: RAFAEL SEGUNDO ARAUJO HERNANDEZ, anteriormente identificado las cantidades indicadas en la experticia completaría consignada en fecha 10 de noviembre de 2010