Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara LA IMPROCEDENCIA DE LA SOLICITUD REALIZADA por el ciudadano: JOHAN JOSE MENDOZA ARANGUREN debidamente asistido por la abogada MIRTHA PEREZ VILLEGAS y la bogada OMAIRA BEDJOYA GARCIA, apoderada judicial de la sociedad mercantil, SUMINISTROS ABANCA MAÑON 2012, C.A