Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la impugnación de la experticia complementaria del fallo interpuesta por la apoderada judicial de la parte actora en el juicio seguido por la ciudadana MARÍA CANDELARIA GARCÍA RODRÍGUEZ contra la empresa C.A. METRO DE CARACAS, presentada por el Experto Contable LIC. LUIS PÉREZ, por los fundamentos expresados en la parte motiva de este fallo.