Por todo lo expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA INADMISIBILIDAD de la demanda; en el juicio incoado por el ciudadano JUAN BARRIOS MARTÍNEZ contra las empresas MON VEN CARACAS, C.A., DISTRIBUIDORA BON VEN, C.A. Y OTROS. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
EL SECRETARIO
JESÚS JAVIER COLINA
NOTA: en el día hábil de hoy se dictó, diarizó y publicó la presente decisión.
EL SECRETARIO
JESÚS JAVIER COLINA