.....en consecuencia vista la solicitud realizada, e igualmente el desistimiento presentado por el por el apoderado judicial de la parte actora, quien se encuentra debidamente facultado para ello, en los términos expuestos; este Juzgado homologa el desistimiento del procedimiento con respecto a la codemandada, SERVICIOS INTEGRADOS LA GUAIRA, S.R.L., por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público; y continua el presente procedimiento con relación a la entidad de trabajo, INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL RODOLFO LOERO ARISMENDI (IUTIRLA); en la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ LUIS LUZARDO, dándole efecto de cosa juzgada. Y así se establece.-
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
NAKARY PÉREZ
En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.-
LA SECRETARIA
NAKARY PÉREZ