este Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la oferta real de pago incoada por RED DE PREVENCIÓN FUNERARIA, C.A., parte oferente, a favor de la ciudadana: MARTHA CECILIA REYES MEJÍA, titular de la cedula de identidad V- 22.758.468, en su carácter de parte oferida. Y una vez vencido el lapso de ley para la interposición de los recursos correspondientes, se dará por terminado el presente asunto. Así se decide.-
La Jueza
Abg. Mirianky Zerpa Francia
El Secretario
Abg. Adrián Guerrero G.
Nota: En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión.-
El Secretario
Abg. Adrián Guerrero G.