en tal sentido este Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada "ADMINISTRADORA YAMIN GOURMET, CA" a Reenganchar a la trabajadora a su puesto habitual de trabajo (CAPITAN DE MESONERO) en las mismas condiciones que se encontraba antes de producirse el despido, a su vez cancelar los salarios dejados de percibir desde el momento del despido de la demandante en fecha 16 de DICIEMBRE de 2.010, hasta su efectiva reincorporación a razón de Bs. 150,00 diarios, de acuerdo a la sentencia 673 de fecha 05-05-2009 de la Sala de Casación Social con ponencia de la Magistrada Carmen Elvigia Porras. Igualmente se le hace saber al patrono que en el caso de persistir en el despido de la trabajadora de conformidad con el artículo 190 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, deberá pagar aparte de los salarios dejados de p.....