En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte correspondiente HOMOLOGACIÓN dicha transacción en los términos en que fue expuesto como mediación positiva de conformidad a lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en los términos indicados en el referido escrito, dándole efectos de Cosa Juzgada, en consecuencia, , se declara terminado el presente juicio y se ordena el cierre y archivo del expediente tanto físico como informático. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
El Juez
El Secretario
Abg. Franklin Porras Mendoza
Abg. Julio Hernández