Este Tribunal en vista la exposición de las partes, se considera que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso. Queda a salvo el derecho del extrabajador de acudir al procedimiento ordinario por cualquier diferencia que exista su favor. Asimismo, se ordena el archivo del presente expediente.
El Juez