fue realizada en fase de mediación, este Juzgado imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN Y CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO en los términos en que fue expuesto como MEDIACIÓN POSITIVA de conformidad a lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole efectos de Cosa Juzgada. En consecuencia, este Tribunal da por terminado el presente asunto, y ordena el archivo del expediente. Se ordena la devolución de las pruebas presentadas al inicio de la Audiencia. ASÍ SE DECIDE. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. CÚMPLASE LO ORDENADO.
El Juez