este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano TOMAS AGUSTIN CANOZO VIVAS, identificado en autos, contra la empresa "PRIVERCASA, CA". En consecuencia, se ordena Reenganchar al trabajador a su puesto habitual de trabajo (GERENTE DE TECNOLOGIA) en las mismas condiciones que se encontraba antes de producirse el despido