En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte correspondiente HOMOLOGACIÓN a dicha transacción, por la suma de NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO BOLIVARES FUERTES CON SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 99.981,65) en los términos en que fue expuesto otorgando el efecto de cosa juzgada, en consecuencia, se deja constancia que una vez sea realizado el pago acordado, se ordenará el cierre y archivo definitivo del expediente.