En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte correspondiente HOMOLOGACIÓN a dicha transacción cuyo monto fue de TRESCIENTOS DIEZ MIL CON 46/100 (Bs. 310.000,46) en los términos en que fue expuesto, en consecuencia, se declara terminado el presente juicio y se ordena el cierre y archivo del expediente. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
El Juez
La Secretaria
Abg. Franklin Porras Mendoza
Abg. Eva Cotes