En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia, con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte correspondiente HOMOLOGACIÓN dicha transacción en los términos en que fue expuesto, dándole efectos de Cosa Juzgada, en consecuencia, se da por terminado el juicio y se ordenará el archivo del expediente. De igual manera, se acuerda expedir un (01) juego de copias certificadas del escrito de transacción y del presente auto de homologación, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 numeral 3, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.