Con base a las consideraciones anteriores, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR LA RECLAMACION realizada contra la Experticia Complementaria del Fallo, presentada en fecha 19 de diciembre de 2011; debiendo en definitiva, pagar la parte demandada a favor de la accionante la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS ML SEISCIENTOS NUEVE BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA CENTIMOS (BS. F. 252.609,80), todo ello en el juicio incoado por la ciudadana MAGALY BECERRA MOLINA contra las empresas FERRIMPORT, C.A.; SUFERCA, S.A.; SERVICIOS PONEX SERPONES, S.A.; DISTRIBUIDORA REPAMOVIL, C.A.; UNITED CHEMICAL PACKAGING, C.A.; PINTURAS PALCOLOR, C.A.; WYNN OIL VENEZUELA, C.A. y FERREIMPORTADORA KIRK, C.A. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años .....